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Reglamento de Membresía de la Cámara de Comercio y Cultura Nicaragüense – NICA-US

Reglamento de buena conducta y responsabilidades

  • Mantener respeto en todas las actividades y con los demás miembros.

  • Representar los valores de la Cámara con profesionalismo e integridad.

  • Cumplir con los pagos de membresía en tiempo y forma.

  • No usar la Cámara para actividades personales ajenas a su misión.

  • Fomentar la cooperación y el apoyo mutuo dentro de la comunidad.

  • Evitar cualquier tipo de discriminación, violencia verbal o física.

Artículo 1 – Objeto

El presente reglamento establece los beneficios, obligaciones, responsabilidades y normas de conducta de los miembros de la Cámara de Comercio y Cultura Nicaragüense NICA-US (en adelante “la Cámara”).

 

Artículo 2 – Duración de la membresía

  1. La membresía tendrá una vigencia mensual o de un (1) año calendario dependiendo del plan elegido a partir de la fecha de inscripción y pago correspondiente.

  2. La renovación será mensual o anual, con el pago de la cuota vigente en el momento de la renovación.

  3. La membresía es intransferible y exclusiva del miembro o empresa inscrita.

Artículo 3 – Beneficios de los miembros

 

Todos los miembros activos de la Cámara, sin importar su categoría, tendrán acceso a los siguientes beneficios de acuerdo a su membresía elegida:

  1. Networking y contactos

    • Acceso al directorio empresarial anual de la Cámara.

    • Participación en eventos de integración, ferias, ruedas de negocios y foros.

  2. Visibilidad y promoción

    • Inclusión en el directorio digital oficial de la Cámara.

    • Promoción en las redes sociales y medios de comunicación de la Cámara según categoría.

    • Oportunidad de visibilidad en newsletters, comunicados y eventos.

  3. Capacitación y desarrollo

    • Acceso a talleres, charlas y capacitaciones organizadas por la Cámara.

    • Precios preferenciales en cursos, certificaciones y misiones comerciales.

  4. Representación institucional

    • Participación en iniciativas de incidencia ante organismos públicos y privados.

    • Defensa de intereses empresariales de la comunidad nicaragüense en EE.UU.

  5. Servicios de apoyo

    • Orientación inicial en temas legales y empresariales.

    • Acceso a convenios con aliados estratégicos.

  6. Prestigio y marca

    • Uso del logo de la Cámara durante la vigencia de la membresía (previa autorización).

    • Reconocimiento como miembro activo en eventos y comunicaciones oficiales.

 

(Los beneficios adicionales y privilegios VIP dependen de la categoría de membresía contratada: Gold Güegüense, Platinum Flor de Sacuanjoche, Plan Silver  Negocios & Restaurantes, ).

Artículo 4 – Obligaciones de los miembros

  1. Cumplir con el pago de la membresía en tiempo y forma.

  2. Representar a la Cámara con respeto, ética y profesionalismo en todo momento.

  3. Participar en las actividades y asambleas cuando sea convocado.

  4. Mantener actualizada la información de contacto y empresarial.

  5. No utilizar el nombre, logo o recursos de la Cámara para fines contrarios a su misión, actividades políticas partidarias o actividades ilícitas.

  6. Fomentar un ambiente de respeto, evitando conductas discriminatorias, ofensivas o violentas.

  7. Promover la cooperación y solidaridad entre los miembros.

Artículo 5 – Normas de conducta y sanciones

  1. La Cámara podrá suspender o cancelar la membresía de cualquier miembro que:

    • Incurra en conductas inapropiadas o contrarias a la misión de la Cámara.

    • Afecte la reputación de la institución.

    • No cumpla con sus obligaciones económicas.

  2. En caso de suspensión o cancelación, no habrá reembolso de las cuotas pagadas.

  3. Todo miembro sancionado tendrá derecho a presentar una apelación por escrito en un plazo de 15 días, la cual será revisada por la Junta Directiva.

Artículo 6 – Resolución de disputas

  1. En caso de desacuerdo o conflicto entre miembros, o entre un miembro y la Cámara, las partes se comprometen primero a buscar solución mediante mediación interna.

  2. Si no se logra un acuerdo, se podrá recurrir a un proceso de arbitraje independiente, conforme a las leyes del Estado de Florida.

  3. El fallo del arbitraje será definitivo y vinculante para ambas partes.

Artículo 7 – Limitación de responsabilidad

  1. La Cámara no será responsable por pérdidas, daños o perjuicios derivados de relaciones comerciales entre miembros o con terceros.

  2. Los beneficios de membresía están sujetos a disponibilidad, agenda de la Cámara y acuerdos con socios estratégicos.

Artículo 8 – Aceptación

El miembro declara que ha leído, comprendido y aceptado los términos del presente reglamento.

 

Artículo 9 - Cláusulas adicionales de protección para la Cámara NICA-US (non-profit)

1. Naturaleza sin fines de lucro

  • La Cámara es una organización sin fines de lucro. Ninguna parte de las cuotas de membresía ni de los ingresos podrá distribuirse entre sus miembros, directores o empleados, salvo compensaciones razonables por servicios prestados.

 

2. Confidencialidad

  • Los miembros se comprometen a mantener la confidencialidad de información interna, listas de contactos, documentos, estrategias o cualquier material de la Cámara al que tengan acceso.

  • La divulgación no autorizada de información confidencial   podrá resultar en la cancelación inmediata de la membresía.

  • Se considerará información confidencial, sin limitarse a ello: datos personales de los miembros (nombre, dirección, teléfono, correo electrónico, información financiera o empresarial), bases de datos, contactos, información estratégica, planes comerciales, acuerdos internos, información financiera, documentos institucionales, credenciales de acceso y cualquier otra información no pública compartida dentro del marco de la membresía.

  • La divulgación, uso indebido, reproducción o distribución no autorizada de información confidencial, ya sea de forma verbal, escrita, digital o por cualquier otro medio, podrá resultar en la cancelación inmediata de la membresía, sin derecho a reembolso, y podrá dar lugar a acciones legales conforme a las leyes aplicables.

 

3. Conflictos de interés

  • Los miembros deberán notificar a la Cámara cualquier posible conflicto de interés en actividades, contratos o colaboraciones.

  • La Cámara podrá rechazar acuerdos o actividades que vayan en contra de su misión o que beneficien de manera desproporcionada a un miembro individual en detrimento de la organización.

 

4. Uso del nombre y marca de la Cámara

  • Queda prohibido el uso del nombre, logo o identidad visual de la Cámara para actividades personales, políticas partidarias, campañas o actividades no autorizadas.

  • El uso indebido podrá resultar en sanciones y acciones legales.

 

5. Eventos y actividades - Responsabilidades y Autorizaciones 

  • La Nicaraguan U.S. Chamber of Culture and Commerce (en adelante, “la Cámara”) se reserva el derecho de modificar, reprogramar, suspender o cancelar cualquier evento, actividad, reunión, programa o iniciativa institucional, sin que ello genere derecho a reembolso de membresía o compensación alguna, salvo que la Cámara determine lo contrario por escrito.

  • La participación en eventos y actividades organizados, promovidos o auspiciados por la Cámara será voluntaria y bajo la exclusiva responsabilidad de cada miembro o asistente.

 

Exención de Responsabilidad

  • La Cámara no será responsable por incidentes, accidentes, lesiones personales, pérdidas, daños materiales, robos o cualquier otra situación que pudiera ocurrir durante eventos realizados en locales, establecimientos o espacios administrados por terceros, incluyendo pero no limitándose a hoteles, centros de convenciones, restaurantes, espacios alquilados, oficinas o cualquier otra instalación externa.

  • Cada participante asume expresamente todos los riesgos asociados a su asistencia y participación en dichas actividades, liberando a la Cámara, sus directores, oficiales, empleados, voluntarios y representantes de cualquier responsabilidad civil, reclamación, demanda o acción legal derivada directa o indirectamente de su participación.

 

Uso de Imagen y Material Audiovisual

  • Al participar en eventos, actividades o programas de la Cámara, el miembro autoriza de manera expresa, gratuita e irrevocable a la Nicaraguan U.S. Chamber of Culture and Commerce a utilizar fotografías, grabaciones de video, audio o cualquier otro material audiovisual en el que aparezca su imagen, voz o representación, con fines promocionales, institucionales, educativos, publicitarios o de difusión en medios impresos, digitales, redes sociales, página web, comunicados de prensa y demás plataformas oficiales.

  • Dicha autorización no generará compensación económica alguna y se concede por tiempo indefinido, salvo notificación escrita en contrario por parte del miembro.

 

Conducta y Cumplimiento

  • La Cámara se reserva el derecho de retirar del evento o actividad a cualquier participante cuya conducta sea considerada inapropiada, riesgosa, contraria a los valores institucionales o que pueda afectar la seguridad, reputación o integridad de la organización y sus miembros.

  • La Cámara se reserva el derecho de modificar, cancelar o reprogramar eventos y actividades sin que esto genere derecho a reembolso.

  • La participación en actividades de la Cámara será bajo la responsabilidad de cada miembro.

 

6. Responsabilidad limitada

  • La Cámara no asume responsabilidad por transacciones, contratos o acuerdos comerciales entre miembros.

  • Los servicios brindados por la Cámara tienen carácter informativo y de apoyo, pero no sustituyen la asesoría legal, contable o financiera profesional.

 

7. Cumplimiento legal y fiscal

  • Los miembros se comprometen a cumplir con todas las leyes locales, estatales y federales aplicables a sus negocios y actividades.

  • La Cámara no se hace responsable de incumplimientos legales por parte de los miembros.

 

8. Disolución de la Cámara (protección extra como non-profit)

  • En caso de disolución de la Cámara, los activos de la organización serán transferidos a otra entidad sin fines de lucro con misión similar, y en ningún caso serán distribuidos entre los miembros.

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